Perú: ¿Camino a la amnistía o a la impunidad?. Proyecto de ley sobre lucha contra el terrorismo genera fuerte debate nacional

El próximo 15 de agosto, la presidenta Dina Boluarte —quien adelantó opinión en su reciente mensaje a la Nación que supondría va a promulgar — aun así deberá decidir si promulga o observa el controvertido Proyecto de Ley que concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y los Comités de Autodefensa por hechos ocurridos entre 1980 y 2000, en el marco de la lucha contra el terrorismo.

La iniciativa, impulsada y aprobada por mayoría en el Congreso, propone una amnistía general para quienes enfrenten denuncias, investigaciones o procesos penales por hechos supuestamente ocurridos en la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000. Asimismo, concede una amnistía de carácter humanitario a los condenados mayores de 70 años.

Cuestionamiento clave: La redacción del proyecto de ley es cuestionada por su ambigüedad, pues, no delimita con claridad si se incluyen casos de graves violaciones de derechos humanos bajo el amparo de “hechos derivados” de la lucha contra el terrorismo.

Lo que realmente está en juego

Una aclaración fundamental: los militares y policías no están siendo procesados por combatir al terrorismo, sino por presuntos delitos graves como ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, violación sexual y tortura. Estos crímenes, tipificados como graves violaciones de derechos humanos, son imprescriptibles y no amnistiables según el derecho internacional.

El proyecto de ley solo excluye expresamente a los acusados o condenados por terrorismo y corrupción de funcionarios, pero omite la exclusión explícita de los crímenes de lesa humanidad, lo que ha encendido alertas.

Cuestionamientos más relevantes

  • ¿Es compatible esta ley con los estándares internacionales de derechos humanos? La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado que las amnistías no pueden ser aplicadas a crímenes de lesa humanidad, pues constituyen una forma de impunidad institucionalizada.
  • ¿Qué pasa con las víctimas? Diversas organizaciones de derechos humanos y asociaciones de víctimas han denunciado que este proyecto de ley viola el derecho a la verdad, la justicia y la reparación, y que rompe el principio de no repetición y perpetúa la impunidad.
  • ¿Qué criterios definirán que un acto fue como resultado de la lucha contra el terrorismo? La vaguedad en la redacción legal abre la puerta a interpretaciones discrecionales, incluso para casos que fueron calificados como violaciones de derechos humanos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación.

Registro de argumentos a favor del proyecto de ley

Desde sectores militares, policiales y políticos conservadores se defiende la medida como un acto de reconocimiento y justicia para quienes defendieron la democracia en una época de grave amenaza terrorista, destacando:

  • Restablecimiento del honor militar y policial: Se considera que muchos procesos judiciales han sido injustos o excesivamente prolongados, afectando a quienes actuaron bajo órdenes y en condiciones extremas.
  • Envejecimiento de los procesados: Algunos proponentes apelan al principio de humanidad, argumentando que las personas mayores que ya cumplieron condena o están en prisión preventiva no representan peligro y merecen culminar su vida en libertad.

El Perú vivió entre 1980 al 2000 una etapa de violencia que dejó más de 69 mil muertos y desaparecidos, según la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR). Si bien es indiscutible que el Estado combatió al terrorismo, también se documentaron graves violaciones de derechos humanos por parte de agentes estatales.

¿Será esta ley una forma de cerrar heridas o un nuevo capítulo de impunidad?

La ciudadanía, las víctimas y la comunidad internacional observan con atención.


Proyecto de Ley aprobado por el Congreso y remitido al Ejecutivo




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